Título TÍTULO IV
Art. 39
En vigor desde 29 oct 1988
Las normas reglamentarias tendrán el rango del órgano que las hubiere aprobado y se ordenarán jerárquicamente de la siguiente forma:
1. Decretos.
2. Órdenes de las Comisiones Delegadas.
3. Órdenes dictadas por los Conselleiros.
Se modifica por el de la Ley 11/1988, de 20 de octubre. Ref. BOE-A-1988-27172 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1983/02/22/1#art-39