Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección tercera. DE LAS ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO
Art. 23
En vigor desde 30 abr 1983
El Gobierno de Canarias está legitimando para interponer recursos de inconstitucionalidad, plantear conflictos de competencia en oposición al Estado o a otra Comunidad Autónoma, ante el Tribunal Constitucional, y personarse en los recursos y en las cuestiones de inconstitucionalidad que afecten a Canarias.
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Proeli/es-cn/l/1983/04/14/1#art-23