Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 20 dic 1983
Por Decreto del Consejo de Gobierno se adscribirán a cada Consejería los servicios estatales que se transfieran a la Comunidad de Madrid, mediante Decreto del Gobierno de la nación, manteniendo provisionalmente sus normas específicas de funcionamiento.
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eli/es-md/l/1983/12/13/1#disposicion-adicional-cuarta

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