Título TÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 1 dic 1983
Las personas a las cuales se aplican las disposiciones del presente Convenio disfrutan de igualdad de trato en cuanto concierne a los derechos y obligaciones derivados de las disposiciones de las legislaciones enumeradas en el anterior artículo 2.
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eli/es/ai/1979/10/30/(1)#art-4

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