Art. 205
Supresión de la especialización en el seguro de defensa jurídica
En vigor desde 25 nov 2009
Artículo 205
Supresión de la especialización en el seguro de defensa jurídica
Los Estados miembros suprimirán cualquier disposición que prohíba a las empresas de seguros el ejercicio simultáneo en su territorio del seguro de defensa jurídica y de otros ramos.
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