Art. Disposición final segunda

En vigor desde 11 sept 2020
Se habilita a la Junta de Castilla y León y a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en este decreto-ley.

Tus anotaciones

Pro

BOCL-h-2020-90400#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil