Art. Quinta

En vigor desde 15 may 2021
1. El importe global máximo de las ayudas a conceder asciende a 15.000.000,00 € con cargo al PO FEDER 2014-2020 de la Comunitat Valenciana, mediante el Objetivo Específico REACT-UE 3.2 (Reglamento 2020/2221 REACT) relativo a «apoyo a medidas de ayuda económica en las regiones más dependientes de los sectores más afectados por la crisis de la Covid-19» y, por tanto, financiadas como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia ocasionada por la Covid19, sin perjuicio de su posible ampliación con fondos propios de la Generalitat, o procedentes del Estado o de la Unión Europea, que puedan dar lugar a la generación, ampliación o incorporación de créditos. 2. Será de aplicación la previsión legal del último párrafo del artículo 168.1.C de la Ley 1/2015, por lo que las ayudas se imputarán a la línea de subvención que se habilite mediante el correspondiente expediente de modificación presupuestaria, en la aplicación presupuestaria correspondiente del estado de gastos del presupuesto de la Generalitat para 2021.

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DOGV-r-2021-90178#quinta

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