Art. Novena

En vigor desde 15 may 2021
1. La instrucción del procedimiento corresponderá a la Subdirección General de Transporte. 2. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá propuesta parcial donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda, proponiendo al mismo tiempo su concesión y pago al órgano competente para resolver.

Tus anotaciones

Pro

DOGV-r-2021-90178#novena

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil