Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 15
En vigor desde 27 abr 2020
1. La concesión de solicitudes del ICE previstas en el Título I de este Decreto ley se financiarán con el crédito procedente de la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.01 L.A. 234G0800 LEY DE SERVICIOS SOCIALES-RENTA CIUDADANA, y estará dotada con un importe de hasta 16.220.059,66 euros.
2. Las concesiones de solicitudes de la PCI previstas en el Título II de este Decreto ley se financiarán con el crédito procedente de la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.01 L.A. 23409602 AYUDAS A LA INTEGRACIÓN SOCIAL y estará dotada inicialmente con un importe de 44.000.000 de euros.
Tus anotaciones
ProBOC-j-2020-90116#art-15