Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición transitoria decimosegunda

En vigor desde 18 dic 2021
1. Los planes de gestión ya aprobados seguirán vigentes y continuarán surtiendo sus efectos. Las entidades titulares de planes de gestión aprobados quedarán exentas de la obligación de presentar la declaración responsable para la aplicación de efluentes de almazara como fertilizantes en suelos agrícolas a la que se refiere el artículo 4.1 de la Orden de 18 de febrero de 2011, por la que se regula el régimen de autorización para la utilización de los efluentes líquidos resultantes de la extracción de aceite de oliva en las almazaras, como fertilizante en suelos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Una vez haya entrado en vigor la presente norma, cualquier modificación de los planes de gestión actualmente vigentes deberá adaptarse a lo previsto en esta norma, adecuándose a su contenido, formato de presentación y responsabilidad legal o técnica del firmante.

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BOJA-b-2021-90434#disposicion-transitoria-decimosegunda

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