Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición transitoria decimotercera

En vigor desde 18 dic 2021
1. Se establece un periodo transitorio de un año desde el día siguiente de la publicación de este decreto-ley en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, durante el cual los titulares de efluentes de almazara estarán exentos de realizar las comunicaciones previstas en el artículo 6 de la Orden de 18 de febrero de 2011. 2. En cualquier caso, durante este periodo transitorio, los titulares de depósitos de efluentes de almazara continuarán comunicando la información prevista en la normativa que se deroga. Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en el BOJA extraordinario. núm. 92, de 17 de diciembre de 2021. Ref. BOJA-b-2021-90440

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BOJA-b-2021-90434#disposicion-transitoria-decimotercera

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