Capítulo CAPÍTULO XVI
Art. Disposición adicional decimocuarta
En vigor desde 18 dic 2021
La aprobación de los proyectos de infraestructuras vinculadas al transporte público financiados con fondos FEDER llevará implícita la declaración de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de la actuación proyectada y para su conexión a las redes generales.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90434#disposicion-adicional-decimocuarta