Art. Disposición adicional decimocuarta
Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición adicional decimocuarta

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En vigor desde 18 dic 2021
La aprobación de los proyectos de infraestructuras vinculadas al transporte público financiados con fondos FEDER llevará implícita la declaración de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de la actuación proyectada y para su conexión a las redes generales.

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BOJA-b-2021-90434#disposicion-adicional-decimocuarta