Art. 6
En vigor desde 19 nov 2020
Los datos, documentos e informaciones que obren en poder del IVF en virtud de las funciones que ejerza en las empresas por actuaciones realizadas o financiadas con cargo al FVR tendrán carácter reservado y, con las excepciones previstas en la normativa vigente, no podrán ser divulgados a ninguna persona o autoridad, ni utilizados con finalidades distintas de aquellas para las que fueron obtenidos. Quedarán también obligadas a guardar secreto y a no utilizar la información recibida con finalidades distintas de aquella para la que les sea suministrada los auditores de cuentas, asesores legales y demás expertos independientes que puedan ser designados por el IVF en relación con el cumplimiento de las funciones que tienen legalmente atribuidas.
La responsabilidad que en los casos previstos en las leyes le pudiera corresponder, en su caso, al empleado o empleada pública que, en nombre del IVF se integre como miembro de un consejo de administración de alguna empresa en cuyo capital social participe el FVR será directamente asumida por la Generalitat. No obstante, se podrá exigir al empleado o empleada pública designada como consejero o consejera en las empresas participadas la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera mediado dolo, culpa o negligencia grave, conforme a lo previsto en las leyes administrativas en materia de responsabilidad patrimonial.
Tus anotaciones
ProDOGV-r-2020-90455#art-6