Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 12 jun 2024
Serán de aplicación a las autorizaciones objeto de la presente norma los artículos 339, 341, 346 y 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en lo que no contradiga el presente decreto-ley.
Se modifica por la disposición final 2.2 de la Ley 2/2024, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2024-15709#df-2 Se modifica por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-4428#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/dl/2022/01/20/1#disposicion-adicional-primera