Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
En vigor desde 27 mar 2014
Las personas o entidades beneficiarias podrán dirigirse a la página web de la Unidad Administradora de los Fondos www. juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/fondoseuropeosenandalucia/manual.php para el conocimiento de las medidas y requisitos de publicidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 5 a 9 y en el Anexo I del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 y en el Capítulo IX de la Orden de 23 de julio de 2008.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2014-90268#art-23