Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 4 nov 2008
Los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa cuando afecten a inversiones declaradas de interés autonómico se reducirán a la mitad, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2008-90036#art-9