Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 8.ª Tasa por permisos de pesca

Art. 143

En vigor desde 27 jun 1998
El devengo se producirá en el acto de adjudicación del permiso para pescar.
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eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-143

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