Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Régimen estatutario

Art. 60

Derogado
En vigor desde 6 may 2017
Son faltas leves, además de las tipificadas en la legislación general del funcionariado: a) El descuido en la presentación personal. b) No presentarse al correspondiente relevo de turno debidamente uniformado, sin causa justificada. c) El incumplimiento de cualquiera de las funciones básicas, cuando no sea calificado como falta grave o muy grave.
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