Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Régimen estatutario

Art. 57

Derogado
En vigor desde 6 may 2017
El régimen disciplinario del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento es el mismo del resto del funcionariado de la administración en la que se integre, con las peculiares tipificaciones que se contienen en los artículos siguientes derivadas del tipo de servicio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/dlg/2017/04/27/1#art-57

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil