Libro ANEXOTítulo TÍTULO QUINTOCapítulo CAPÍTULO II

Art. 69

En vigor desde 4 ago 2016
Se entiende por fomento del turismo la actividad encaminada a la potenciación de la oferta turística de la Comunidad Autónoma de Aragón a través de medidas concretas tendentes a la mejora de la competitividad, el empleo y la internacionalización de las empresas y sus profesionales.

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BOA-d-2016-90440#art-69

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