Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Fases del procedimiento
Art. 47
En vigor desde 26 abr 2012
1. Toda la información comprensiva del presente procedimiento, así como los documentos normalizados a tal fin, deberán estar disponibles a través de herramientas de información en línea, garantizando, de este modo, que los ciudadanos puedan acceder a la misma en un lenguaje sencillo e inequívoco, coherente, comprensible y estructurado. En particular, los ciudadanos podrán obtener la información sobre trámites necesarios en el procedimiento, datos de las autoridades competentes, así como de las asociaciones y organizaciones profesionales relacionadas con las mismas y los medios y condiciones de acceso a los registros y bases de datos públicos así como las vías de recurso en caso de litigio.
2. Asimismo, en cumplimiento de la efectiva coordinación y simultaneidad en la gestión del conocimiento, se establecerá un sistema de información en línea que permita conocer, en cualquier momento, a las distintas administraciones intervinientes el estado de tramitación del procedimiento así como, en su caso, el inicio de las facultades de revocación o declaración de caducidad. Dicha herramienta será accesible a los ciudadanos con garantía y respeto a la protección de datos de carácter personal.
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ProBOC-j-2012-90002#art-47