Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 32

En vigor desde 26 abr 2012
En la publicidad de las ventas con rebajas, salvo la que se haga en los escaparates, se hará constar la fecha de iniciación y finalización de las mismas y una referencia concreta a la oferta que se realiza.

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BOC-j-2012-90002#art-32

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