Título TÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 14 jun 2008
El personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia se clasifica en:
a) Personal funcionario.
b) Personal eventual.
c) Personal interino.
d) Personal laboral.
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Proeli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-5