Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 42
En vigor desde 14 jun 2008
La adjudicación de puestos de trabajo a las personas aspirantes que superaron el ingreso se deberá realizar de acuerdo con las solicitudes que realicen las personas interesadas, siempre según el orden obtenido en las pruebas selectivas.
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Proeli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-42