Título GRUPO 9Capítulo T950

Art. 2

En vigor desde 31 dic 2013
Son sujetos pasivos de esta tasa los usuarios del Archivo que demanden la prestación del servicio y entrega a la que se refiere el hecho imponible. Se entiende por usuario a efectos de la tasa la persona física o jurídica que utiliza los servicios, consulta, investiga y/o puede demandar la reproducción de documentos custodiados en el Archivo General de la Región de Murcia. Se modfica por el .19 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-752 Se añade por el .15 de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-12587

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-2-76

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