Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. 70 ter

En vigor desde 1 ene 2015
La gestión de la tasa por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca relativa a las tarifas 01, 02, 03, 07 y 08, corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a cuyo presupuesto se afectará la recaudación derivada de las mismas. Se modifica por el .4 de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-950 Se añade por el .3 de la Ley 12/2004, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-2729

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BOA-d-2004-90019#art-70-ter

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