Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXXVIII
Art. 219
En vigor desde 30 oct 2002
Están exentos del pago de la tasa por la cobertura del servicio por la Comunidad de Madrid, los siguientes municipios:
a) Los municipios que asumen la prestación de este servicio.
b) Los municipios de hasta 20.000 habitantes.
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Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-219