Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Otras disposiciones sobre régimen jurídico
Art. Disposición adicional undécima
En vigor desde 15 may 2000
Las referencias que en la legislación no derogada por el presente Texto Refundido y se hicieren a la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias se entenderán aplicables a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias establecida en el presente Texto Refundido.
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ProBOC-j-2000-90006#disposicion-adicional-undecima