Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Otras disposiciones sobre régimen jurídico
Art. Disposición adicional duodécima
En vigor desde 15 may 2000
Los instrumentos de planificación previstos en las otras leyes protectoras del territorio y de los recursos naturales se asimilarán a los instrumentos de ordenación previstos en este Texto Refundido, de conformidad con la funcionalidad y determinaciones que le sean propias.
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ProBOC-j-2000-90006#disposicion-adicional-duodecima