Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 17
DerogadoEn vigor desde 20 ene 1998
Será de aplicación a los entes públicos de derecho privado lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la presente ley.
Tus anotaciones
ProBOPV-p-1998-90002#art-17
BOPV-p-1998-90002#art-17