Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Donaciones efectuadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Art. 17
En vigor desde 14 jun 2023
La base de las deducciones se computará a efectos del límite a que se refiere el artículo 64.1 del texto refundido de la Ley Foral de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.
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Proeli/es-nc/dflg/2023/05/24/2#art-17