Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 6

En vigor desde 4 ago 1955
1. El contenido de los actos de intervención será congruente con los motivos y fines que los justifiquen. 2. Si fueren varios los admisibles, se elegirá el menos restrictivo de la libertad individual.
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eli/es/d/1955/06/17/(1)#art-6

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