Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 5

En vigor desde 30 dic 2009
La intervención de las corporaciones locales en la actividad de sus administrados se ejercerá por los medios y principios enunciados en la legislación básica en materia de régimen local. Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-21054 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1955/06/17/(1)#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil