Título TÍTULO CUARTOCapítulo CAPÍTULO TERCERO

Art. 164

En vigor desde 4 ago 1955
El plan ordinario contendrá, como mínimo: 1.º Relación de los Municipios que comprenda. 2.º Memoria sobre el estado actual de las obras y servicios en cada uno de dichos Municipios y su situación y capacidad económica. 3.º Relación de las obras y servicios que se trate de realizar en cada Municipio. 4.º Presupuesto calculado para cada una de las obras o servicios e importe total del plan. 5.º Programa escalonado de realizaciones, en el que se señalen las prioridades de ejecución de las obras y servicios. 6.º Medios económicos y financieros previstos para la ejecución del plan. Redactado el apartado 1º conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 203, de 22 de julio de 1955. Ref. BOE-A-1955-10464
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1955/06/17/(1)#art-164

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil