Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICACapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 39

En vigor desde 1 sept 1955
Los funcionarios diplomáticos usarán los uniformes de la Carrera con arreglo al modelo oficial determinado por Orden ministerial. Será obligatorio el uso de uniforme en los actos de servicio.
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eli/es/d/1955/07/15/(1)#art-39

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