Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. 55
En vigor desde 16 jul 1972
Cuando los interesados utilicen los servicios de Habilitados de Clases Pasivas les conferirán su representación de conformidad con las disposiciones de este Reglamento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1972/06/15/1599#art-55