Art. 5

En vigor desde 22 mar 2013
Artículo 5 La Unión concede ayuda financiera al Istituto Superiore di Sanità (ISS), de Roma, Italia, para las siguientes actividades en el período que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013: a) para realizar análisis y pruebas de Escherichia Coli, incluido el E. Coli verotoxigénico (VTEC), la ayuda financiera no excederá de 326 000 EUR; b) para realizar análisis y pruebas de parásitos (en particular, Trichinella, Echinococcus y Anisakis), la ayuda financiera no excederá de 374 000 EUR; c) para los residuos de determinadas sustancias a que se refiere el anexo VII, sección I, punto 12, letra d), del Reglamento (CE) no 882/2004, la ayuda financiera no excederá de 316 000 EUR.
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