Art. 3

En vigor desde 28 nov 2011
Artículo 3 Las patatas de siembra deberán haber sido certificadas oficialmente por las autoridades canadienses competentes como patatas de siembra que cumplen al menos las condiciones establecidas para la categoría «Foundation».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2011:778:oj#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil