Art. 10

En vigor desde 1 dic 2010
Artículo 10 Para colaborar en la uniformación de los métodos de prueba y de la evaluación de los resultados de los bovinos reproductores de raza selecta, la Unión concede ayuda financiera a Interbull Centre, Department of Animal Breeding and Genetics, Swedish University of Agricultural Sciences, Uppsala (Suecia), para desempeñar las funciones y las tareas expuestas en el anexo II de la Decisión 96/463/CE. La ayuda financiera de la Unión cubrirá el 100 % de los costes admisibles, con arreglo al Reglamento (CE) no 1754/2006, de dicho centro derivados del programa de trabajo, hasta un máximo de 150 000 EUR, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011.
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