Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 dic 2019
A efectos de determinar la retribución de las instalaciones de una empresa, el año de gas 2021 se iniciará el 1 de enero de 2021 y finalizará el 30 de septiembre de 2021.
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eli/es/cir/2019/12/12/9#disposicion-adicional-segunda

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