Capítulo SECCIÓN SÉPTIMA

Art. Norma 10

En vigor desde 22 dic 2009
1. La SGIIC o sociedad de inversión deberá contar con manuales internos en los que se detallen las políticas y procedimientos de control interno recogidos en la LIIC y sus disposiciones de desarrollo, y especialmente, en esta Circular. 2. Los manuales internos de políticas y procedimientos de control interno deberán ser aprobados por el órgano de administración de la SGIIC o sociedad de inversión, y estar permanentemente actualizados.
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eli/es/cir/2009/12/09/6#norma-10

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