Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

En vigor desde 4 abr 2020
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá recabar de los sujetos obligados cualesquiera informaciones que tengan por objeto aclarar el alcance y justificar el contenido de las informaciones remitidas en cumplimiento de la presente circular.
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eli/es/cir/2020/03/31/4#art-15

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