Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
En vigor desde 11 ene 2025
1. Los modelos de solicitudes de nuevos permisos de acceso y conexión o modificación de los existentes estarán disponibles en la página web del gestor de la red de transporte y distribución y en la plataforma de gestión y seguimiento regulada en el capítulo V.
Dichos modelos podrán estar sujetos a modificaciones por lo que cada versión deberá identificar, de forma claramente visible, el periodo durante el cual es o ha sido de aplicación. Los gestores mantendrán accesible el histórico de modelos de solicitud durante al menos siete años.
2. El contenido de la solicitud y su información técnica asociada es la establecida en el anexo I con carácter general, y en el anexo II, en el caso de que la solicitud se pueda acoger al procedimiento abreviado.
3. El solicitante de un permiso de acceso y conexión podrá solicitar simultáneamente capacidad de acceso firme y capacidad de acceso flexible. En la solicitud se indicará la capacidad de acceso firme y la capacidad de acceso flexible solicitada.
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Proeli/es/cir/2024/09/27/1#art-4