Art. Norma sexta

En vigor desde 10 jul 2017
La CNMV recomienda el uso del modelo de Contrato de Liquidez con los requisitos contemplados en la presente Circular, que se incorpora como anexo I, con el propósito de facilitar su correcta interpretación; sin perjuicio de que el Intermediario Financiero y el Emisor de las acciones que suscriban el contrato deban cumplir asimismo con la normativa que resulte de aplicación en cada momento.
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eli/es/cir/2017/04/26/1#norma-sexta

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