Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 98
En vigor desde 6 may 1986
La Oficina de Prensa, bajo la directa dependencia del Vocal delegado para las relaciones con los medios de comunicación social, recogerá y sistematizará cuantas noticias y comentarios se relacionen con eI Poder Judicial, de los que mantendrá informados a los Vocales y órganos del Consejo, y facilitará a los medios de comunicación social las informaciones qua se acuerde emitir por el Consejo.
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Proeli/es/a/1986/04/22/(1)#art-98