Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO 2Secc. Sección 2.ª La Comisión Delegada

Art. 32

En vigor desde 21 may 2024
1. Son funciones propias de la Comisión Delegada las siguientes: a) La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos. b) El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la Federación, mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General, sobre la memoria de actividades y la liquidación del presupuesto. c) La modificación del calendario deportivo. d) La aprobación y modificación de los Reglamentos. e) La modificación del presupuesto. Las modificaciones no podrán exceder de los límites y criterios que la propia Asamblea general establezca. 2. La propuesta sobre los temas de los apartados c), d) y e) corresponde exclusivamente a la Presidencia de la Federación o a dos tercios de los miembros de la Comisión Delegada.
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eli/es/res/2024/05/03/(4)#art-32

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