Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO 2Secc. Sección 1.ª La Asamblea General

Art. 25

En vigor desde 21 may 2024
Es de competencia exclusiva e indelegable de la Asamblea General: a) La aprobación del presupuesto anual y su liquidación. b) La aprobación del calendario deportivo. c) La aprobación y modificación de sus estatutos. d) La elección y cese de la Presidencia. e) La elección y renovación de los miembros de la Comisión Delegada. f) Debatir y, en su caso, aprobar la moción de censura de la Presidencia. g) Adoptar el acuerdo de disolución voluntaria de la federación o conocer de la disolución no voluntaria y articular el procedimiento de liquidación. h) Fijar las condiciones económicas que comporte la integración y/o participación en la FEPyC por estamentos y categorías, en licencias expedidas por la propia entidad. i) Aprobar, con la autorización preceptiva del Consejo Superior de Deportes, operaciones económicas que impliquen el gravamen o enajenación de sus bienes inmuebles por un importe igual o superior a la cuantía o porcentaje del presupuesto previsto en la normativa vigente en cada momento. j) Aprobar, previo sometimiento del asunto al Consejo Superior de Deportes para su autorización, operaciones económicas que impliquen comprometer gastos de carácter Plurianual, en su período de mandato, cuando el gasto anual comprometido supere el 10 por 100 de su presupuesto y se rebase el período de mandato de la Presidencia. k) Resolver sobre aquellas otras cuestiones que hayan sido sometidas a su consideración en la convocatoria y se hallen comprendidas en el orden del día. l) Designar a los miembros de la comisión de control económico y de la comisión de cumplimiento normativo. m) Designar a los miembros de los órganos disciplinarios. n) Aprobar el informe anual de buen gobierno. o) Cualquier otra que se le atribuya en los presentes estatutos o se le otorguen reglamentariamente y todas aquellas que no estén específicamente atribuidas a otro órgano.
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eli/es/res/2024/05/03/(4)#art-25

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