Capítulo CAPÍTULO V
Art. 43
En vigor desde 31 ago 2024
Corresponde a la Comisión Delegada de la Asamblea General, con carácter necesario, conocer y decidir sobre las siguientes materias:
a) La aprobación provisional del calendario deportivo.
b) La modificación de los presupuestos.
c) La aprobación y modificación de los Reglamentos.
Las modificaciones no podrán exceder de los límites y criterios que la propia Asamblea General establezca.
La propuesta sobre estas materias corresponde, exclusivamente, al Presidente de la Federación o a dos tercios de los miembros de la Comisión Delegada.
Son también funciones de la Comisión Delegada las siguientes:
La elaboración de un informe previo a la aprobación de los Presupuestos.
El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la Federación, mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General sobre la memoria de actividades y la liquidación del presupuesto.
Cuantas le delegue la Asamblea General.
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Proeli/es/res/2024/08/19/(2)#art-43