Art. Sexto
En vigor desde 2 may 2005
Los principios y orientaciones para la aplicación de dichos criterios de evaluación, de tal forma que se adapten continuamente a la realidad docente e investigadora de la Universidad española, se mantendrán públicos a través de la página web de la Dirección General de Universidades www.univ.mecd.es y de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación www.aneca.es.
Asimismo, en las citadas páginas web se editará la Guía de Ayuda al Solicitante en la que, entre otras informaciones, se indicará la documentación que debe presentarse para acreditar cada uno de los méritos que componen el historial académico del interesado.
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Proeli/es/res/2005/02/18/(1)#sexto